Acceder

Participaciones del usuario Polzet - Hipotecas

Polzet 10/05/18 15:17
Ha respondido al tema Gastos hipoteca
La compraventa tributa por Transmisiones Patrimoniales al 10% y la hipoteca tributa por Actos Jurídicos al 1.5%. Este porcentaje se calcula sobre la responsabilidad hipotecaria que en tu caso es un 146% del capital concedido (sale 277.400€ de resonsabilidad hipotecaria). Los presupuestos de notaría están calculados a la alza: muy probablemente te saldrá por un poco menos.
Ir a respuesta
Polzet 09/05/18 12:02
Ha respondido al tema Compra vivienda y plaza de garaje (diferentes escrituras)
El hecho de que sean, entiendo, fincas separadas y con número de finca y referencia catastral propios no os afecta. Ambas cosas se pueden comprar en la misma escritura. Es más, es recomendable hacerlo así ya que sale un poco más barato. Sólo habrá que repartir el precio global que pagáis entre la vivienda y el parquing y ya está. Vigilad que ambos valores estén por encima del valor fiscal mínimo. En Catalunya ese valor es el resultado de multiplicar el valor catastral por un coeficiente que fija la Generalitat. Ese coeficiente se puede consultar en la página de etributs. El banco os pedirá los datos de ambas fincas y ya está. Habrá que ver si os hacen hipotecar ambas cosas o con solo la vivienda basta, lo cual va a depender de vuestros recursos económicos. Si os llega hipotecad sólo la vivienda. Para modificar datos del Registro hay que ir con cuidado ya que salvo que se lo justifiques de alguna manera no lo cambian. Que ponga que el acceso es por un lado o por el otro tampoco tiene mayor importancia. Lo importante es poder identificar físicamente el inmueble y eso normalmente con la superficie y los lindes se ve. Si pedís hipoteca todo os lo va a gestionar la gestoría (valga la redundancia) del banco. Suele operar con modelos ya hechos de escritura, sobretodo en la hipoteca. En la compraventa según que entidad os dé el dinero deja libertad a la notaría para redactar la escritura de compraventa aunque luego la revisa. Con los datos que proporciona el banco y la gestoría se hacen las escrituras. De impuestos, si es segunda transmisión, en Catalunya pagaréis el 10% por la compra y es indiferente que lo hagáis en dos escrituras o en una. La hipoteca tributa al 1.5% de la responsabilidad hipotecaria (que es una cantidad superior al dinero que el banco os presta. Se suele mover entre el 120-140% del capital concedido).  
Ir a respuesta
Polzet 07/05/18 21:58
Ha respondido al tema Tiempo después de la oferta vinculante
Entre que firmas la FIPER y la fecha de firma han de pasar 14 días naturales. Si no se respeta ese plazo hay que firmar documento de renuncia y normalmente el banco (hoy gestoría que firma en su nombre) suele pedir que ratifques la hipoteca una vez pasado ese plazo. En Catalunya el plazo que te comenta juanpedrito son 5 días hábiles entre que la notaría tiene preparado el borrador de la hipoteca y el día de la firma. También se puede renunciar a este plazo.  
Ir a respuesta
Polzet 27/04/18 20:13
Ha respondido al tema Gastos del registro de la propiedad ?excesivo?
El concepto referencia catastral creo que es porque se ha aportado a la escritura el certificado catastral donde consta la referencia de cada finca y el Registro lo ha hecho constar. La cancelación del 207 es porque la finca que has comprado se inmatriculó (se inscribió por vez primera) y se hizo constar una limitación de efectos de la fe pública frente a terceros durante un plazo de dos años y ese plazo ha vencido con lo cual hay que sacarlo del Registro. Es el coste de esa cancelación por caducidad. La cancelación de la afección fiscal es porque la finca que compraste tenía esa afección (es una nota que se pone automáticamente cada vez que se paga o presenta un impuesto. Actúa como garantía para la Administración tributaria competente). Caduca a los 5 años y al haber transcurrido el plazo también hay que sacarla del Registro. Es el coste de esa cancelación. La nota continuada es la nota sobre la finca que desde la notaría se pide al Registro para saber si el día de la firma la finca tiene o no alguna carga. La nota simple es la que expide el Registro después de practicar la inscripción para que veas como ha quedado inscrita la finca. Lo del derecho expectante de viudedad es un derecho que tiene el cónyuge que sobrevive cuando el matrimonio estaba sujeto al régimen ecónomico de Aragón. Seguramente en el Registro había algún tipo de advertencia sobre ese derecho y eso hay que quitarlo ahora con la venta. En tu caso se encarece porque en el Registro son 5 fincas por lo que casi todo se multiplica por 5.
Ir a respuesta
Polzet 25/04/18 10:33
Ha respondido al tema Hipotecar piso, garaje y trastero junto o por separado???
El precio global que pagues en la escritura de compra hay que distribuirlo entre las tres cosas ya que la ley obliga a ello pero no tiene mayor importancia (más allá del tema fiscal). Solo es decir que, por ejemplo, de los 150.000€ que se pagan, 120.000 corresponden al piso, 20 al parquing y 10 al trastero, por ejemplo. El precio lo podéis repartir como querais. Si hay margen intentad que en el reparto se cumplan los precios mínimos de venta que la Comunidad Autónoma en la que están los inmuebles fije, básicamente para evitar posibles liquidaciones complementarias. Si solo hipotecas un inmueble no hay que distribuir nada. Si hipotecas más de una cosa sí que será necesario distribuir esa hipoteca entre los dos (o tres) inmuebles. De eso se encarga el banco y se refleja en la escritura. En el Registro se inscribirá la compra y la hipoteca. Si la hipoteca sólo recae sobre la vivienda sólo se inscribira la hipoteca en la vivienda. Si la repartes, también habrá que hacerla constar en los otros bienes (y eso encarece los gastos de Registro ya que son más inscripciones). La mecánica es efectivamente como dices.
Ir a respuesta
Polzet 25/04/18 09:22
Ha respondido al tema Hipotecar piso, garaje y trastero junto o por separado???
La compra de las tres cosas la puedes hacer junta y te saldrá más barata que hacerlo en documentos separado. Si hipotecando el piso solamente te llega, no distribuyas la hipoteca entre las tres cosas: te saldrá más caro y el día de mañana tendrás tres inmuebles con hipoteca que habrá que cancelar. Si no te alcanza, hipoteca solamente dos cosas. Cuantos menos bienes hipotecados, mejor.
Ir a respuesta
Polzet 22/04/18 09:44
Ha respondido al tema Cambio titular hipoteca
Hay que ir con cuidado porque es muy frecuente que cuando hay avalistas, en la escritura de préstamo hipotecario el avalista renuncie al beneficio de excusión es decir a aquel derecho que tiene de no pagar mientras el acreedor no haya intentado cobrarse con bienes del verdadero deudor. Dicho de otra manera el banco no tiene que ir primero contra el deudor y luego contra el avalista, puede ir directamente contra el avalista.
Ir a respuesta
Polzet 22/04/18 09:29
Ha respondido al tema 14 dias obligatorios para firmar despúes de la FIPER
En teoría en todos los bancos debería ser así porque es un derecho que los consumidores tienen. Se supone que en esos 14 días puedes analizar con calma lo que vas a firmar y consultar lo que quieras. En la práctica hay bancos que no respetan ese plazo y luego hacen ir al cliente otro día a la notaría a firmar un documento en el que dicen que una vez transcurridos esos 14 días y habiendo podido hacer ese analisis, se ratifican en la hipoteca. Lo hacen para curarse en salud y porque hay Registros de la Propiedad en los que si no se respetan esos 14 días, la hipoteca no se inscribe.
Ir a respuesta
Polzet 20/04/18 08:33
Ha respondido al tema Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
El que te ha comprado la vivienda ha pedido una hipoteca? Si es así quien te ha retenido ese dinero es la gestoría del banco donde el comprador ha pedido la hiporeca, que retienen cantidades muy superiores a lo que cuesta una cancelación de hipoteca. Cuando hayan cancelado la hipoteca del Registro y sepan exactamente lo que ha costado todo te devolverán el sobrante.
Ir a respuesta
Polzet 19/04/18 08:50
Ha respondido al tema ¿alguien entiendo como va el usufructo?
Si los nudos propietarios y la usufructuaria están de acuerdo se puede disponer del pleno dominio del inmueble. Si es por compraventa el precio que se obtenga deberá repartirse entre todos en función del valor que se atribuya al usifructo y a la nuda propiedad.
Ir a respuesta