En un reciente artículo de este blog expliqué las características básicas de los depósitos estructurados, contratos financieros atípicos o contratos de compra-venta de opciones, así como una serie de aspectos sobre los que los bancos que los comercializan deberían informar para que los...
La lectura de las tres sentencias del Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo sobre la cuestión de quién es el sujeto pasivo en el impuesto sobre los actos jurídicos documentos en su aplicación a las escrituras de préstamo hipotecario provocan desazón para cualquier ciudadano responsable.
Tras la publicación de la sentencia que anuló el precepto del Reglamento del impuesto sobre los actos jurídicos documentados, me pronuncié favorablemente sobre la posibilidad de que pudiera reclamarse al prestamista el reembolso de la cantidad pagada por la cuota de tal impuesto.
Entre los muchos productos e instrumentos financieros diseñados por la banca para que sus clientes inviertan sus ahorros se encuentran una amplia gama de depósitos y bonos estructurados, y los contratos financieros atípicos (CFAs), que luego han pasado a denominarse contratos de compra-venta de...
La Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Asturias ha dictado la sentencia de 3 de octubre de 2018 que confirma la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Oviedo de 2 de mayo de 2018 que anuló una compra de acciones del Banco Popular en la ampliación de capital de 2016.
Una nueva sentencia, del 3 de septiembre de 2018, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Gijón, anula una compra de acciones realizada en el marco de la ampliación de capital de 2016. A la vista de la amplia documental presentada con la demanda y en la audiencia previa, en particular el informe pericial de Prosper Lamothe (además de una mención a los hechos que son de público...
El Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Oviedo ha dictado la primera sentencia, de fecha 23 de marzo de 2018, acordando la nulidad de cuatro compras de acciones del Banco Popular Español: una compra realizada en junio de 2016, en el marco de la ampliación de capital que se produjo en esas fechas; y otras tres realizadas por la misma persona entre octubre y noviembre de 2016.
Una duda que plantean recurrentemente los afectados por diferentes productos financieros o por cláusulas abusivas o no transparentes (y también por cualquier otro tipo de problema con diferentes sociedades) es el plazo que tienen para reclamar; es una cuestión compleja que mucho profesionales de la justicia no tienen claro.
El pasado mes de diciembre informaba de que había obtenido la primera sentencia que anulaba la compra de obligaciones subordinadas del Banco Popular, estimando una demanda presentada tras la intervención de dicho Banco que dio lugar a la pérdida de las cantidades invertidas en acciones y en estas obligaciones subordinadas.
Reiteradamente me he referido en este blog a la nulidad de tarjetas de crédito emitidas por distintas financieras por ser usurarias (aquí, aquí, aquí) o porque sus condiciones financieras, al incluirse en el clausulado general en lugar de aparecer como elementos esenciales del contrato, no se consideraron incorporadas al contrato por falta de transparencia
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, TJUE, se pronunció recientemente sobre esta modalidad de préstamo hipotecario, en una sentencia que ya comenté en este blog; el mismo día en que se dictó aquella sentencia el Tribunal Supremo español tenía fijada la deliberación para resolver un recurso de casación relativo también a una hipoteca multidivisa (HMD).
Guión de la charla impartida en el Colegio de Abogados de Madrid el 7 de noviembre de 2017 en la jornada organizada por la Sección de Consumo, dirigida por Miguel Ángel Hortelano.
En esta entrada del blog ya expliqué que el Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo dictó una sentencia de 23-12-2015 en que estableció doctrina jurisprudencial sobre cómo se aplica la Ley de represión de la usura a los créditos revolving, que son los propios de las tarjetas de crédito.
Para empezar, señalo una pequeña recopilación de lecturas recomendadas para entender qué, cómo y por qué se ha hecho: este artículo publicado en el excelente blog colectivo Hay Derecho que explica de forma muy comprensible el mecanismo de la intervención y la competencia o responsabilidad que tienen los distintos organismos públicos españoles y europeos involucrados.
Después de repetidas ampliaciones de capital y emisiones de híbridos de capital siempre insuficientes, el FROB se ha visto obligado a intervenir el Banco Popular Español porque no era viable y, tras reducir capital, lo ha vendido al Banco Santander por un euro.