Hasta ahora en la constitución no existía ningún colectivo con preferencia sobre los demás. En realidad lo que existen son unas garantías mínimas y muy abstractas sobre las condiciones de determinados colectivos, que no son más que “los poderes públicos respetarán los derechos de…”, o “garantizarán…”.
Una vez comentado que el primer efecto que nos vamos a encontrar con la entrada en vigor del 135.3, es el incremento de la capacidad negociadora de todos aquellos que directa o indirectamente compran o podrían comprar nuestra deuda pública, mientras que el estado español queda completamente desprotegido, es muy fácil entender lo que va a ocurrir.
Siguiendo a vueltas con la famosa prioridad absoluta de pago que aparecerá si nadie lo evita en la constitución, aún queda un efecto por comentar. En su día traté de exponer un breve relato de la evolución de los acontecimientos en el caso de una suspensión de pagos.
El 26 de agosto de 2011, fue cuando leí el texto propuesto para la nueva reforma. Es más que evidente que en este momento caí de culo y comencé esta serie de post acerca de la prioridad absoluta de pago, aspecto que expliqué el mismo día y que sigue sin aparecer en las discusiones, medios y en general por ningún lado.
Cuando hablé de los cisnes negros, afirmaba que es una teoría muy conveniente para todos los analistas, gobiernos y en general personas de este submundo, ya que al final provocaba una coartada para unos efectos que no se habían anticipado.
Redactar una normativa determinada no es lo mismo que decorar un árbol de Navidad, porque siempre que se pone cualquier frase es por un motivo en particular. En la redacción de las normas a veces existen olvidos, en el sentido de que una determinada situación puede no ser contemplada, (las famosas lagunas legales). Sin embargo todo lo que está es por algo.
Ya en agosto se comprobaba perfectamente cómo se avecinaba una importante bajada de tipos por parte del Banco Central Europeo. Desde luego hoy la realidad es que la gráfica es aún más impactante y no queda ninguna duda de que el Banco Central Europeo va a bajar tipos a una velocidad endiablada; por supuesto la duda es cuando.
Como se puede ver en este pantallazo, llevo 9 accesos a la página de La Caixa en lo que va de mes, lo cual entiendo que puede ser algo de relativa frecuencia. Sin embargo parece que les ocasiona un gasto tremendo, y por esto han decidido unilateralmente imponer una comisión en unas determinadas condiciones: ¡Por entrar a la web!.
Lo primero que hicieron los países en problemas fue apuntarse a la tesis de Irlanda de aquello de “el rescate más barato de la historia”. En definitiva se trataba de garantizar y avalar al por mayor.
En la reforma de la constitución estamos llevando a la constitución, tanto los límites de endeudamiento, como de la prioridad absoluta de pago. El argumento que nos han soltado es el de transmitir credibilidad y confianza a los mercados.
Voy tratar de usar todos los cartuchos recuperando unos cuantos post del pasado, en el que se pueden ver tanto las opiniones mías, como las de las personas que ahora son entusiastas de la reforma constitucional y sobre todo por los comentarios podemos construir una historia interesante.
Entre los discursos que nos encontramos el 30 de agosto en la votación de la toma en consideración de la reforma constitucional, creo que merece la pena el de una cabreada Rosa Diez, que en general da bastante en la diana.
Los efectos de cualquier problema financiero tras la entrada en vigor de la reforma en constitución serán dramáticos y me gustaría recordar que es el punto que entra en vigor inmediatamente frente a la entrada en vigor de los limites de gasto y deuda, (que aunque están capitalizando una discusión muy cargada de tintes ideológicos), que se produce en 2020.
Lo malo de las normas aprobadas de madrugada y sin discusión, es que al final nadie parece tener en cuenta los efectos. Además en este caso, no existen precedentes, sino que trata de evitar los efectos que sobre los mercados financieros tendrían las suspensiones de pagos que se han dado a lo largo de la historia.
Las mayores críticas que llevo en los post donde trato de explicar la locura de establecer la prioridad absoluta de pago para los títulos de deuda pública y operaciones de crédito es que parece ser que estoy sugiriendo que no se debe pagar. De hecho, el principal argumento de la introducción en esta medida es precisamente ofrecer la garantía de que España puede pagar sus deudas.