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Participaciones del usuario franjgr

franjgr 24/03/25 22:39
Ha respondido al tema Subsidios + de 52 años
Continuando cobrando del SEPE, el tiempo máximo ha subido a 1 mes, en el año naturalSe puede estar en el extranjero más de un mes y menos de 90 días, en este caso suspendiendo la prestación que se esté cobrando (esto sería en días seguidos o cuando ya se ha superado el mes sin suspensión)Se puede estar más de 90 días y hasta un año, suspendiendo la Prestación y reanudándola después, siempre que la estancia en el extranjero sea por estudios, trabajo o colaboración social.A partir de un año se extingue el subsidio y no se puede reanudar de ninguna manera.En todos los casos comunicándolo al SEPE, la salida al extranjero sin comunicar es causa de extinción de la Prestación si el SEPE tiene conocimiento y no puede precisar el tiempo que se ha estado fuera.
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franjgr 24/03/25 17:32
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Precisamente al no hacer distinción entre rescate total o parcial, el tratamiento debe ser el mismo.Dividir la plusvalía entre 12 e imputar el cociente al momento del rescate. En este caso si no hay ingresos no hay nada que declarar.Como se tribute a hacienda es otro tema que no tiene nada que ver con este foro.
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franjgr 22/03/25 13:08
Ha respondido al tema Herencia y comunicación al SEPE
El problema, es que no viene en ninguna Ley, la última regulación de este tema están en un oficio del director general del SEPE de febrero de 2024 y no es obligatorio publicarlo, no lo he visto en la página web del organismo. Puede sacarse teniendo el código CSV, pero no dispongo de el ahora mismo.Si hay adjudicación de herencia, se declara cuando hay adjudicación de herencia. Habiendo más de un heredero creo que es obligatoria. Si no se hiciera entonces con la liquidación del impuesto de sucesiones.
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franjgr 21/03/25 23:09
Ha respondido al tema Herencia y comunicación al SEPE
Toda herencia supone dos cambios de cara al subsidio.1.- La ganancia patrimonial por pasar a obstentar la propiedad de los bienes heredados. Esto lo tiene aunque el usufructo sea de otra persona, porque la propiedad será suya. 2.- Las nuevas rentas, explicitas o presuntas, que los nuevos bienes lleven aparejadas. Esto no lo tendrá ya que el usufructo es de su padre y no tiene posibilidad de decidir sobre esos bienes.Al tratarse de un subsidio anterior al 01/11/2024 se aplica la normativa antigua, según la cual el SEPE sólo considerará ganancia patrimonial los bienes líquidos y no los bienes inmuebles, acciones, fondos de inversión...Las herencias son pagos únicos, por lo tanto, se deben dividir entre 12 e imputar la renta al momento de la adjudicación de herencia. Por lo tanto, divida entre 12 el importe del dinero que figure en la adjudicación de herencia a su nombre, ingresado en cuentas o depósitos y si, sumadas a otras rentas, no supera 888€, no hay nada que comunicar al SEPE. En caso contrario debe comunicarlo y el organismo le suspenderá el subsidio y podrá reanudarlo al mes.
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franjgr 21/03/25 12:39
Ha respondido al tema Claúsula de Salvaguarda, jubilación - Pensiones
No sé a qué llama cláusula de salvaguarda, pero sobre jubilación solo manda el INSS.Cuando solicite la jubilación nadie le va a preguntar al SEPE su opinión.Cuando le concedan la pensión, lo comunica al SEPE para que extinga el subsidio y no lo siga pagando y listo.
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franjgr 20/03/25 23:07
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Mire señor tres cantos, no iba a responderle, porque esto tiene pinta de acabar en un debate vacío, pero viendo que insiste, le diré:1.- Critico sus formas, no sólo no se disculpa ni las cambia sino que insiste en ellas. No sus opiniones, tiene todo el derecho del mundo a opinar lo que desee, hasta ahí podíamos llegar.2.- Adecco es conocida por intentar usurpar servicios públicos, por lo tanto dirá lo que le interese para intentar justificar que ellos hacen el trabajo mejor que la administración. En cualquier caso no le he discutido el dato.
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franjgr 20/03/25 22:45
Ha respondido al tema Subsidio 52 años
Las cotizaciones de las prácticas serán a la fecha en que tuvo esas prácticas, si no las tiene cotizadas por un trabajo, evidentemente sumará tiempo cotizado.Cobrar el subsidio para mayores de 52 años lleva aparejada una cotización actual, por lo que, evidentemente sumará tiempo cotizado.No se superponen pertenecen a momentos temporales totalmente diferente.
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franjgr 20/03/25 16:24
Ha respondido al tema Subsidio 52 años
Al subsidio no le afecta en absoluto, son cotizaciones anteriores no actuales, no suponen una renta para la persona y si ya tiene los requisitos para el subsidio es que esas cotizaciones no van a ser determinantes para cobrarlo.Respecto a las cuotas, lo desconozco y también agradecería la información si alguien la conoce, mi pareja está en la misma situación.
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franjgr 20/03/25 15:05
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Se el conocimiento que tengo yo y eso es suficiente para emitir mi opinión.Así que por favor, dejé de emitir falacias hacia mi y generalizaciones hacia los funcionarios.A las falacias no responderé.
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