Según parece, una gran parte de los funcionarios jubilados de clases pasivas tienen derecho a la devolución por mutualistas porque en los años correspondientes (1967 a 1978) todavía no se habían instaurado las clases pasivas y cotizaban a ciertas mutuas.
Te recuerdo lo dicho entonces:No hay nada que hacer porque esas devoluciones son eso, devoluciones de lo tributado. Si no has tributado por estar exento, es imposible que te devuelvan nada.
Nadie discute la posibilidad de denuncia anónima. Pero la cuestión es que, cuando se denuncia, se debe denunciar algo concreto y cierto. No se puede pedir que le miren a uno todo por si acaso hay algo que está mal, eso sería investigación prospectiva (que parece estar de moda en algunos juzgados).
El límite para más de un pagador ya se ha dicho en el mensaje #16.Cuando se dice que se va a explicar algo de forma sencilla y simplificada, no se puede pretender que se haga para la situación más complicada.