En la escritura de la donación, que tiene que ser posterior a la de extinción, te dona el importe que le tienes que pagar por la compensación de la extinción. O sea te condona la deuda.
Yo creo que es mejor hacerlo en dos escrituras el mismo día para evitar que Hacienda alegue simulación en la escritura de la extinción. Pero lo más recomendable es consultarlo previamente con el notario, la consulta es gratis.
Sí, lo veo mejor, pero me parece lo mismo que antes. Corrígeme si me equivoco, pero si subes esa escalera acabas en un muro que impide el paso, o sea no lleva a ningún sitio ¿Es así o me equivoco?
¿Os habéis planteado la posibilidad de hacer una extinción de condominio que estaría exenta de la plusvalía municipal? A continuación, tu hermano te podría donar lo que tuvieras que pagarle por su parte.