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Participaciones del usuario Juan Lackland - Hipotecas

Juan Lackland 13/02/25 12:16
Ha respondido al tema Votaciones en la Junta de Propietarios - Comunidad de propietarios
La deuda o indemnización es un asunto entre la comunidad y ese señor y no tiene nada que ver con las derramas particulares. La junta tiene que decidir si reclama esa deuda o indemnización y el importe de la misma, pero nadie puede decidir perdonar su derrama porque eso es algo ajeno al asunto. La presidencia y en su caso el administrador tienen que proponer a la junta el acuerdo de reclamar esa deuda por determinado importe y los copropietarios pueden votar a favor o en contra o abstenerse, sin referencia a ninguna derrama. La mayoría simple de esa votación decide si se reclama o no y ese acuerdo vincula a todos, incluidos los que han votado en contra. 
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Juan Lackland 13/02/25 10:32
Ha respondido al tema Votaciones en la Junta de Propietarios - Comunidad de propietarios
Cuando se pone una denuncia es porque presuntamente se ha cometido un delito, en cuyo caso no hace falta abogado (todo el mundo puede denunciar un delito).Si se trata de una demanda civil, no hay delito y es necesario abogado a partir de cierta cantidad reclamada (me parece 2.000 €). En todo caso es recomendable el abogado en demandas civiles.
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Juan Lackland 12/02/25 10:30
Ha respondido al tema Local debe colaborar en reparación de telefonillo? - Comunidad de propietarios
El título constitutivo es el documento por el que se constituye la comunidad. No es lo mismo que la escritura de compraventa. Como hay estatutos, ahí es donde hay que consultar si el local está exento de ese gasto. Si los estatutos no dicen nada al respecto (por ejemplo exención de gastos de portal y escaleras), legalmente el local debe contribuir aunque moralmente la comunidad debería eximirle ya que los locales no necesitan el portero automático. Si la comunidad no se aviene a eximirte, puedes exigir que te pongan telefonillo en tu local, al contribuir tienes derecho a ese servicio, a ver la gracia que les hace.P.D. Si el edificio no es muy antiguo, en general los estatutos eximen a los locales de todos los gastos de portal y escaleras. Ahí hay que entender que se incluye el portero automático.
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Juan Lackland 11/02/25 19:55
Ha respondido al tema Ruido terraza vecinos
¿Las dos comunidades comparten el mismo patio o son dos patios con su debida separación?.
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Juan Lackland 11/02/25 16:30
Ha respondido al tema Votaciones en la Junta de Propietarios - Comunidad de propietarios
Me parece que esa comunidad está en situación de riesgo. El adminidtrador hace y deshace a su antojo sin respetar las competencias de la junta, etc.Supongo que tiene poderes de la comunidad para actuar en su nombre. A ese respecto hay que tener cuidado con los certificados digitales, a veces el certificado de la comunidad se obtiene a nombre del administrador y no es correcto.Las operaciones bancarias deben ser autorizadas siempre por el presidente y ajustarse a lo contratado.
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Juan Lackland 10/02/25 18:14
Ha respondido al tema Venta segunda residencia mayores de 80 años - ganancia patrimonial
El valor de adquisición es un 50% igual a 500.000/2 = 250.000, convertida a euros = 1.502,53 €El otro 50% es 30.000 €.A continuación tienes que calcular la ganancia patrimonial. Como el primer 50% tiene abatimiento, calculas la diferencia entre el 50% de la venta y los 1.502,53 y aplicas el abatimiento:https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2020/capitulo-11-ganancias-perdidas-patrimoniales/determinacion-importe-ganancias-perdidas-patrimon-generales/derivadas-transmisiones-onerosas-lucrativas/regimen-transitorio-aplicable-ganancias-patrimoniales/calculo-reduccion-aplicable/aplicacion-coeficientes-reductores-abatimiento-que-correspondan.htmlLa ganancia a de la segunda mitad es : 50% venta menos 30.000 €.P.D. Si hubo gastos inherentes a la compra y a la herencia se suman al valor de adquisición.
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