Buenas noches, ¿Alguien tiene experiencia con CBNK (antiguo cuatro caminos) con la contratación del depósito nómina a una año al que hizo referencia un compañero del foro hace unos días?
Buenas tardes:Soy cliente de la cuenta on line desde hace un par de años cuando sacaron una promoción al 6 % a 3 o 4 meses, ya no recuerdo exactamente. Hoy me he llegado a una sucursal a preguntar por alguna promoción de nómina. Me dice que sí y me imprime unos documentos cuya primera página que adjunto, no establece que sea para nuevos clientes. Le digo que ya soy cliente y que si puedo hacerlo en oficina aunque sea con nueva cuenta. Me dice que no y me deriva al teléfono de atención al cliente pues mi cuenta es on line. Llamo al servicio de atención al cliente pero no son capaces de decirme cómo puedo efectuar la adhesión a la promoción. Alguien sabe si es que es exclusiva para nuevos clientes o por el contrario, como es mi caso, incluye a ya clientes que nunca ha domiciliado la nómina en esta entidad.
Me ha pasado lo que mismo que al compañero y lo mismo que me pasó con wizink, hago la transferencia y hoy que me va a llegar, un zasca en toda regla. Lo peor de todo es que llamé a atención al cliente la semana pasada y me dijeron que los cambios de tipo de interés los anunciaban con una semana de antelación. Como para fiarse del SAC de "Queteden".
La oferta que os da la web (2,97) qué fecha de caducidad tiene, porque me parece que la semana que viene cuando tengo vencimiento, es posible que no la pille
Suscribo lo que comentáis. Esta mañana a primera hora estaba al 3,20% y cuando ha llegado la pasta ya estaba al 2,60. Llamo al SAC y le solicito alguna solución: respuesta dada: "el interés es el que ponga la web", esto es, que ten den por culo por ser tan gili de volver con nosotros.
Ya tengo abierta la cuenta, pero me mosquea bastante que no pueda ver el iban de mi cuenta remunerada, porque iban tiene que tener. ¿Alguien sabe algo de este tema?
Compañeros, acabo de hacer una consulta con un abogado y me comenta dos cosas: los intereses de demora se pueden solicitar y se puede interponer una demanda colectiva cuando se superan los 50 afectados por daños y perjuicios similares contra la misma entidad
A mí me surge la misma duda. ¿Sería aplicable el interés de demora a nuestro caso? Nosotros no somos la Agencia Tributaria. Si alguien conoce la legislación aplicable a este aspecto, que lo indique.
A mí también me ha llegado y estoy bastante contento. Esperaré ese mes que tienen para actuar y, si no lo hacen, acudiré a la vía judicial. Eso sí, con la ventaja de un peritaje gratis del BDE.
Mi impresión es que están intentando alargar la cosa, de tal manera que desistamos en su momento de emprender acciones legales. Respecto al dictamen del Banco de España no es vinculante, pero tiene valor pericial. Yo personalmente tuve un problema con una aseguradora que se llama Alianza Española y la Dirección Gral de Seguros me dio la razón. Tras ello, rectifi-caron y se allanaron
No responder a las alegaciones de Renault Bank no es un error. Si lo fuera, en la atención telefónica del Banco de España (cuando efectué la consulta) ya me lo hubieran advertido. Evidentemente, el cuerpo nos pide contestar a toda la palabrería sin sentido de Renault Bank y por supuesto, el hecho de no responder a sus alegaciones, en ningún momento significa un desistimiento de la reclamación. De todas maneras, yo no soy quien para calificar las actuaciones de cada uno. Que cada uno haga lo que estime conveniente con toda la información que se vaya aportando en el foro.
Buenas tardes compañeros:Tras recibir las alegaciones de Renault Bank, he llamado al BDE y me indican que no va a incidir negativamente en su informe el hecho de no responder a las alegaciones de Renault. Son conscientes de que la respuesta de la entidad es genérica y de que sólo han variado ciertos datos. Esto es algo que según me informan sí van a tener en cuenta.